Términos y condiciones

Términos y condiciones

El presente Contrato se rige por lo dispuesto en el Título Segundo del Código de Comercio en vigor, respecto del Comercio Electrónico, sometiéndose a su interpretación y aplicación a los principios de neutralidad tecnológica, autonomía de voluntad, compatibilidad internacional y equivalencia funcional del Mensaje de Datos en relación con la información documentada en medios electrónicos y de la Firma Electrónica en relación con la firma autógrafa.

Para efectos del presente Contrato se deberán tomar en cuenta las siguientes definiciones:
Certificado: Todo Mensaje de Datos u otro registro que confirme el vínculo entre un firmante y los datos de creación de Firma Electrónica.
Datos de Creación de Firma Electrónica: Son los datos únicos, como códigos o claves criptográficas privadas, que el Firmante genera de manera secreta y utiliza para crear su Firma Electrónica, a fin de lograr el vínculo entre dicha Firma Electrónica y el Firmante.
Destinatario: La persona designada por el Emisor para recibir el Mensaje de Datos, pero que no esté actuando a título de Intermediario con respecto a dicho Mensaje.
Digitalización: Migración de documentos impresos a mensaje de datos, de acuerdo con lo dispuesto en la norma oficial mexicana sobre digitalización y conservación de mensajes de datos que para tal efecto emita la Secretaría.
Emisor: Toda persona que, al tenor de Mensajes de Datos, haya actuado a nombre propio o en cuyo nombre se haya enviado o generado ese mensaje antes de ser archivado, si este es el caso, pero que no haya actuado a título de Intermediario.
Firma Electrónica: Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al Firmante en relación con el Mensaje de Datos e indicar que el Firmante aprueba la información contenida en el Mensaje de Datos, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en juicio.
Firma Electrónica Avanzada o Fiable: Aquella Firma Electrónica que cumpla con los requisitos contemplados en las fracciones I a IV del artículo 97 del Código de Comercio en Vigor el cual establece:
Artículo 97.- Cuando la ley requiera o las partes acuerden la existencia de una Firma en relación con un Mensaje de Datos, se entenderá satisfecho dicho requerimiento si se utiliza la Firma Electrónica que resulte apropiada para los fines para los cuales se generó o comunicó ese Mensaje de Datos.
La Firma Electrónica se considerará Avanzada o Fiable si cumple por lo menos los siguientes requisitos:
I.- Los Datos de Creación de la Firma, en el contexto en el que son utilizados, corresponden exclusivamente al Firmante;
II.- Los Datos de Creación de la Firma estaban en el momento de la firma, bajo el control exclusivo del Firmante;
III.- Es posible detectar cualquier alteración de la Firma Electrónica hecha después del momento de la firma; y
IV.- Respecto a la integridad de la información de un Mensaje de Datos, es posible detectar cualquier alteración de ésta hecha después del momento de la firma.
Lo dispuesto en el presente artículo se entenderá sin prejuicio de la posibilidad de que cualquier persona demuestre de cualquier otra manera la fiabilidad de una Firma Electrónica; o presente pruebas de que una Firma Electrónica no es fiable.
En aquellas disposiciones que se refieran a Firma Digital, se considerará a ésta como una especie de la Firma Electrónica.
Firmante: La persona que posee los datos de la creación de la firma y que actúa en nombre propio o de la persona a la que representa.
Intermediario: En relación con un determinado Mensaje de Datos, se entenderá toda persona que, actuando por cuenta de otra, envíe, reciba o archive dicho Mensaje o preste algún otro servicio con respecto a él.
Parte que Confía: La persona que, siendo o no el Destinatario, actúa sobre la base de un Certificado o de una Firma Electrónica.
Prestador de Servicios de Certificación: La persona o institución pública que preste servicios relacionados con firmas electrónicas, expide los certificados o que preste los servicios relacionados con la conservación de los mensajes de datos, el sellado digital de tiempo y la digitalización de documentos impresos, en los términos que se establezca en la norma oficial mexicana sobre digitalización y conservación de mensajes de datos que para tal efecto emita la Secretaría.
Secretaría: Se entenderá la Secretaría de Economía.
Sello Digital de Tiempo: El registro que prueba que un dato existía antes de la fecha y hora de emisión del citado Sello, en los términos que se establezca en la norma oficial mexicana sobre digitalización y conservación de mensajes que para tal efecto emita la Secretaría.
Sistema de Información: Se entenderá todo sistema utilizado para generar, enviar, recibir, archivar o procesar de alguna otra forma Mensajes de Datos.
Titular del Certificado: Se entenderá a la persona a cuyo favor fue expedido el Certificado.
Norma Oficial Mexicana: NOM-151-SCFI-2016, “Requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos y digitalización de documentos”, la cual entró en vigor el 28 de septiembre de 2017, (cancela la norma NOM-151-SCFI-2002).

Una vez leído y firmado el presente, producirá los efectos legales que en Derecho proceda, por lo tanto usted declara “Bajo Protesta de Decir Verdad” que usted es quien declara ser y que mediante su firma en la parte de abajo declara estar de acuerdo con los términos y condiciones, cuenta con los poderes y facultades bastantes y suficientes las cuales no le han sido revocados para celebrar el presente Contrato en representación de la Compañía, Empresa o Persona Jurídico Colectiva citada con antelación, o como persona física, y puede asumir las obligaciones que se especifican en el presente Contrato las cuales reconoce se harán valer en contra de la Persona Jurídico Colectiva, Compañía o Empresa que representa o como persona física según sea el caso.


1. DEFINICIONES

“Community Manager” significa el individuo con facultades bastantes y suficientes para vigilar y ejecutar cabalmente el cumplimiento del presente contrato.
“capacidad” significa el número de membresías contratadas. “Instalaciones Principales” significa las Instalaciones en donde se encuentran los espacios de trabajo como son: Hotdesk, Coworking, Cafetería, Cabinas aisladas, Salas de juntas y Terraza.
“Networkers” significa persona que adquiere la membresía.
“Hotdesk” estaciones de trabajo que están sujetas a disponibilidad y se encuentran en el espacio de coworking.
“Recepción” lugar en el que se reciben los clientes.
“Coworking” filosofía de trabajo y de vida que permite a profesionales de diferentes sectores, compartir un mismo espacio de trabajo sin perder su independencia.
“Cafetería” Establecimiento con una barra de bar y mesas en el que se sirven café, bebidas y ciertos alimentos.
“Áreas de esparcimiento” lugares especiales para descansar o alejarse por un tiempo del trabajo o de las preocupaciones.
“Cabinas aislantes de ruido” espacio aislado de dimensiones reducidas.
“Salas de juntas” espacio habilitado para tener reuniones.
“Terraza” Parte parcialmente cubierta, amplia y espaciosa.
“Netcredits” tiempo para emplear en salas de juntas. Un Netcredit equivale a 30 minutos.
“Fecha de Inicio” Es el comienzo de la vigencia al adquirir la membresía.
“Sitio Web de Miembro(s) Networker Coworking” significa la plataforma web y/o Aplicación que permita al Networker conectarse y colaborar con los Miembros Network Coworking alrededor del mundo, incluyendo (i) conectarse con emprendedores similares, (ii) promover sus servicios y encontrar nuevos clientes, (iii) buscar oportunidades de negocios y servicios que ayuden al crecimiento de los negocios del Miembro, y (iv) mantenerse actualizados sobre los próximos eventos de la comunidad.
“Invitados” Las personas que ingresan sin membresía acompañadas de un Networker, quién se hará responsable durante su estadía.
“Concierge”. Es la persona que proporciona un servicio de asistencia y asesoría a los Networkers.


2. LOS BENEFICIOS DE LA MEMBRESÍA

a. Servicios. Sujeto a los términos y condiciones del presente contrato, incluyendo cualquier anexo, apéndices y suplementos (en su conjunto, el “Contrato”), así como a cualquier otras políticas que hagamos de su conocimiento con previo aviso de tiempo en tiempo durante el Plazo (según se define abajo), Network Coworking empleará esfuerzos comercialmente razonables para proporcionarle los servicios que se describen a continuación. A dichos servicios se les denominará los “Servicios.”

  •     - Acceso exclusivo a todas las áreas de Network Coworking.
  •     - Mantenimiento y limpieza a todos los espacios de trabajo.
  •     - Mobiliario en los espacios de trabajo.
  •     - Áreas de esparcimiento.
  •     - Cafetería.
  •     - Acceso a Internet ilimitado.
  •     - Impresión, digitalización y fotocopiado de documentos.
  •     - Uso de las salas de juntas, sujeto a disponibilidad y previa reservación.
  •     - Energía eléctrica para uso razonablemente aceptable de oficina.
  •     - Oportunidad de participar en eventos, beneficios y promociones exclusivos para miembros.
  •     - Otros servicios, con cargo adicional, tales como estacionamiento, salas de juntas, auditorio entre otros.

b. Derechos Reservados. Nosotros tenemos derecho de acceder a su espacio de trabajo, con o sin aviso previo, en relación con la prestación de Servicios, para fines de seguridad o en caso de emergencia o para cualquier otro propósito. Podremos temporalmente mover el mobiliario que se encuentre en su Espacio de Trabajo.

c. Falta de Entrega Oportuna del Espacio de Trabajo. En caso de que no nos sea posible entregarle el Espacio de Trabajo en la Fecha de Inicio por cualquier motivo no tendremos responsabilidad alguna en relación con dicha falta de entrega.


3. CUOTA DE MEMBRESÍA; PAGOS

a. Pagos al Momento de la Firma. A la firma del contrato debidamente completado, usted deberá entregar el monto indicado al inicio del presente contrato.

b. Cuota de Membresía. Durante el plazo (según se define ) en el presente contrato, usted deberá realizar el pago, dependiendo de la forma de pago, de su cuota de membresía, la cual deberá pagarse de manera mensual y por adelantado.

c. Cuota de membresía a plazo. Usted está obligado a efectuar el pago de todas las Cuotas de Membresía del plazo contratado y ésta obligación es forzosa, en caso de rescisión anticipada el Networker pagará una penalización equivalente a la cantidad que resultare de la suma de tres meses de cuota de membresía cuando ésta sea tipo GOLD, y a cinco meses en el caso de membresía tipo STANDARD.

d. Facturas; Información Financiera. Éstas serán entregadas electrónicamente, y/o entregada físicamente.

e. Netcredits; Cargos por Excedente. La membresía GOLD, tiene derecho a 8 Netcredits, y la membresía STANDARD tiene derecho a 4 Netcredits. Al agotar los Netcredits, éstos tendrán un costo de $300.00 (TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). Se aplicarán cargos excedentes cuando el invitado (os) (as), de un Networker permanezca en el coworking por mas de una hora, este supuesto esta sujeto a la decisión del Manager, y ésta multa será por la cantidad de $500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), por cada hora de estancia extra.

f. Recargos se verán reflejados si el pago de la Cuota de Membresía o cualquier otra cuota devengada, no se realiza al día hábil inmediato siguiente del recordatorio de pago que será enviado vía correo electrónico.

g. Forma de Pago. Aceptaremos el pago de todos los montos que se especifican en el presente Contrato que se realicen exclusivamente mediante los métodos acordados en el proceso de firma o de tiempo en tiempo durante el Plazo del Contrato. Usted está obligado a informarnos de inmediato de cualquier cambio en su información de pago. Únicamente mediante la realización de un pago único podrá liquidarse cualquier pago que deba realizarse conforme al presente Contrato.

h. No habrá Reembolsos. No habrá ningún reembolso de cuotas o de otros montos pagados.


4. PLAZO Y TERMINACIÓN

a. Plazo. El presente contrato será válido y producirá sus efectos al ser firmado por ambas partes (la “Fecha Efectiva”); en el entendido que no estaremos obligados a prestarle los servicios sino hasta que se realice el pago de cuota de membresía.

b. Terminación de contrato Usted podrá dar por terminado este contrato mediante la entrega del formato de salida y cancelación. Se verificará con anterioridad que no tenga adeudos de ningún tipo con Network Coworking. Si termina este contrato antes del vencimiento del plazo forzoso, todas sus obligaciones de la cuota de membresía serán pagaderas inmediatamente sin excepción.

c. Terminación o Suspensión por Nosotros. Nosotros tendremos el derecho a suspender la prestación de los servicios o a dar por terminado inmediatamente este contrato, siempre y cuando usted no cumpla con lo establecido en el presente contrato ni en el reglamento de convivencia.

d. Depósito en Garantía. El Depósito en Garantía es por la cantidad de la membresía adquirida más su 50% y se conservará para garantizar el cumplimiento de todas sus obligaciones conforme al presente Contrato.


5. REGLAMENTO DE CONVIVENCIA (Anexo I)

6. CONVENIOS ADICIONALES

a. Tecnología de la Información. Nosotros no hacemos declaración ni otorgamos garantía alguna en cuanto a la seguridad de nuestra red y el sitio web de miembro(s) Network Coworking no podemos garantizar un cierto grado de acceso en relación con el uso de su red. A efecto de usar las impresoras, usted necesitará instalar el programa necesario en su computadora. Asimismo, usted podrá solicitar que le asistamos en la solución de problemas que usted pueda tener con respecto a impresiones, la conexión a Internet u otros temas relacionados. En caso de proporcionarle dichos servicios, nosotros no asumiremos responsabilidad alguna por daños a su equipo. Network Coworking proporciona acceso a Internet compartido mediante cable o conexión inalámbrica a la red.

b. Renuncia a Realizar Reclamaciones. En la medida permitida por las leyes, usted, en su nombre y en nombre de sus miembros, empleados, agentes e invitados, renuncian a todas y cualquier derecho a formular reclamaciones y derechos que pudiera tener en nuestra contra o en contra de nuestro arrendador en las Instalaciones y en contra de nuestras y sus afiliadas, empresas controladoras y sucesores, y en contra de cada uno de nuestros y sus empleados, cesionarios, funcionarios, agentes y directores (en su conjunto, las “Partes Network Koworking”) que resulten de lesiones o daños a, o destrucción, robo o pérdida de, propiedades o personas.

c. Limitación de Responsabilidad. En la medida permitida por la ley, la responsabilidad económica de Network Coworking en su conjunto o cualquiera de las partes frente a sus miembros, empleados, agentes o invitados, por cualquier motivo e independientemente de la causa de la demanda, no podrá exceder de la cuota de membresía que usted haya pagado conforme al presente contrato.


7. Arbitraje y Renuncia a Ejercitar una Acción Colectiva

a. Legislación Aplicable. El presente contrato y las operaciones contempladas en el mismo se regirán por y serán interpretadas de conformidad con las leyes de la Ciudad de Toluca, renunciando expresamente a cualquier otro fuero al que pudiera corresponderles por virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo.

b. Avisos. Todos y cada uno de los avisos que deban realizarse conforme al presente contrato serán enviados vía correo electrónico, y surtirán efectos a partir del primer día hábil después de su envío. Todos los avisos serán enviados vía correo electrónico a las direcciones de correo electrónico que se indican en la portada, salvo que se haya señalado otro correo en este Contrato.

c. Ausencia de Cesión. Usted no podrá transferir o de cualquier forma ceder cualquiera de sus derechos u obligaciones conforme al presente contrato, ni subarrendar, en todo o en parte, el Espacio de Trabajo.

d. Disposiciones contra el Lavado de Dinero. En este acto usted declara y garantiza que en todo momento usted y sus miembros han llevado a cabo y llevarán a cabo sus operaciones de manera ética y de conformidad con todas las leyes, incluyendo, sin limitación, a leyes contra el soborno y el lavado de dinero (las “Leyes Contra Lavado de Dinero”), y que todos los recursos que usted utilizará para cumplir con sus obligaciones de pago conforme al presente contrato provienen de fuentes lícitas, de conformidad con las disposiciones de las Leyes Contra Lavado de Dinero.

e. Comisionistas. usted declara y garantiza en este acto que no ha utilizado a algún comisionista o intermediario en relación a la operación de membresía cubierta por este contrato.

f. Acuerdo Íntegro. el presente contrato, incluyendo su portada, anexos y el reglamento de convivencia, constituyen el acuerdo íntegro entre las partes en relación con el objeto del mismo y no podrán ser modificados salvo mediante instrumento escrito y firmado por ambas partes. Todos los acuerdos y entendimientos previos entre las partes con relación a los asuntos descritos en el presente instrumento constan en este contrato.

Estoy de acuerdo con todo lo mencionado en el presente contrato y me comprometo a cumplir sus disposiciones a cabalidad.